El Plan Sanitario frente a Legionella (PSL) es el conjunto de medidas documentadas, basadas en una evaluación de riesgos propia de cada instalación, con las que el titular previene la proliferación y dispersión de la bacteria. Lo regula el artículo 9 del Real Decreto 487/2022.
Es un documento vivo: no se redacta una vez y se archiva, sino que se implanta, se verifica y se revisa. Su objetivo es identificar los peligros, valorar el riesgo de cada punto de la instalación y fijar las medidas preventivas y correctoras correspondientes.
El PSL no sustituye al PPCL
Es la confusión más frecuente. El RD 487/2022 regula dos figuras que coexisten: el PPCL en el artículo 8 y el PSL en el artículo 9. El artículo 7.1 permite al titular optar entre uno u otro.
Dos matices que conviene conocer: el artículo 9.4 establece que las instalaciones prioritarias —centros sanitarios, socio-sanitarios y penitenciarios— deben basar su plan preferiblemente en un PSL; y el artículo 9.3 obliga a quien opte por el PSL a mantener su PPCL hasta que el PSL esté adecuadamente diseñado, planificado y validado.
Qué cambió con el RD 487/2022
- Enfoque basado en el riesgo: más flexibilidad y adaptación a las características reales de cada instalación, en lugar de una lista fija de tareas.
- Plan de muestreo propio: la frecuencia de análisis se deriva de la evaluación de riesgos, no solo de periodicidades fijas.
- Responsabilidades explícitas: se delimita qué corresponde al titular y qué al personal técnico.
- Formación reforzada: se endurece la exigencia de cualificación y formación continua.
Qué debe contener
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Diagnóstico inicial y toma de datos.
- Inspección de la instalación: planos, materiales, puntos críticos.
- Recopilación del histórico de analíticas e incidencias.
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Evaluación de riesgos.
- Identificación de peligros y puntos críticos de control.
- Valoración del riesgo asociado a cada punto.
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Diseño del plan.
- Medidas preventivas y correctoras.
- Programa de mantenimiento y revisión de las instalaciones.
- Programa de tratamiento del agua, continuo o de choque.
- Plan de muestreo y análisis.
- Procedimientos operativos y modelos de registro.
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Implantación.
- Puesta en marcha de las medidas y programas definidos.
- Formación del personal implicado.
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Seguimiento y verificación.
- Análisis periódicos y controles de parámetros.
- Auditorías internas y revisión del plan, como mínimo anual.
- Actualización según resultados y cambios normativos.
Formación del personal
El RD 487/2022 exige que quien realice operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario —sea personal propio del edificio o de una empresa externa— tenga la cualificación profesional correspondiente (certificado de profesionalidad SEA492_2 o equivalente) y reciba formación actualizada. Es uno de los puntos que más se revisan en inspección, y uno de los que más se descuidan.
Preguntas frecuentes
¿Qué instalaciones necesitan un PSL?
Todas las recogidas en el Anexo I del RD 487/2022: sistemas de agua sanitaria, torres de refrigeración, spas, fuentes ornamentales con aerosolización, riego por aspersión y otras.
¿Con qué frecuencia hay que revisarlo?
Como mínimo una vez al año. Además, siempre que haya cambios estructurales o funcionales significativos en la instalación, tras detectar Legionella por encima de los límites, o cuando lo requiera la autoridad sanitaria.
¿Puedo elaborar yo mismo el PSL?
Sí. El titular puede elaborarlo e implantarlo con medios propios siempre que disponga de personal con la cualificación y los conocimientos técnicos necesarios. En la práctica, la mayoría lo encarga a una empresa especializada, porque un PSL mal planteado no protege ante una inspección ni ante un brote.